Fiscalidad del alquiler turístico de habitaciones y viviendas en Cataluña
5 marzo, 2018Fruto del creciente aumento de la economía colaborativa en el arrendamiento turístico de viviendas y habitaciones particulares, junto con el uso de las plataformas web al respecto actuando de intermediarias, uno de los retos actuales de los poderes públicos (y en especial, de los catalanes) es proceder a su regulación y evitar la economía sumergida que hasta hace poco se escondía bajo tales prácticas.
Por ello, el monográfico sobre «Perfiles tributarios del uso de la vivienda en la economía social y colaborativa», publicado en el número 31 de CIRIEC-España, Revista jurídica de economía social y cooperativa, contiene el artículo «Fiscalidad del alquiler turístico de habitaciones y viviendas en Cataluña» escrito por Irene Rovira, profesora de Derecho Financiero y Tributario de la UOC.
Así, tras analizar cómo la normativa catalana en materia de turismo ha regulado las viviendas de uso turístico y la situación en la que se encuentran las habitaciones de uso turístico, el artículo publicado está destinado a determinar la tributación que deriva de su arrendamiento por parte de los particulares, la cual varía en función de una serie de casuísticas. En concreto, los impuestos que son objeto de análisis son el IVA, el ITPAJD, el IAE, el IRPF y el Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos.
Puede consultarse el íntegro contenido del monográfico en la página web de la Revista: http://www.ciriec-revistajuridica.es/