¿Está justificada la decisión de bloquear a medios de comunicación rusos?

12 abril, 2022
rt-medio-de-comunicacion-rusia La cadena televisiva Russia Today es uno de los medios de comunicación vetados en Europa. (Fuente: https://www.wsws.org/)

Una de las primeras medidas adoptadas por la Unión Europea tras el inicio de la invasión rusa de Ucrania el pasado 24 de marzo fue el bloqueo en la UE de determinados medios de comunicación rusos, como el canal de televisión Russia Today (RT) o la agencia de noticias Sputnik. Como contrapartida, la autoridad rusa reguladora de la comunicación, Roskomnadzor, no tardó en hacer lo propio respecto de medios occidentales como BBC, Voice of America, Radio Free Europe, Radio Liberty, Meduza y Deutsche Welle, además de algunas de las principales redes sociales como Twitter y Facebook, privando o dificultando así a la ciudadanía rusa el acceso a informaciones y opiniones distintas (y usualmente criticas) a las posiciones gubernamentales oficiales.

La excusa que las autoridades occidentales utilizaron para justificar la decisión de bloquear los medios rusos fue en esencia que estos eran simples medios de propaganda del Kremlin y una fuente de informaciones falsas. Pero aunque lo anterior sea fundamentalmente cierto, se plantea la cuestión de si se trata de una decisión justificada, teniendo en cuenta que afecta directamente a uno de los elementos centrales que teóricamente configuran las democracias liberales occidentales: la libertad de expresión y de prensa.

De hecho, la situación no es totalmente nueva, pues durante los últimos tiempos en los países occidentales hemos sido testigos de una progresiva limitación de las libertades de expresión y de prensa, ya sea por autoimposición o por heteroimposición. Las exigencias de lo “políticamente correcto” o el lenguaje inclusivo son algunas de las manifestaciones más superficiales de esta tendencia, aunque es preocupante la cada vez mayor frecuencia de actos violentos amparados en esta supuesta “corrección” ideológica, como interrumpir violentamente actos políticos de Vox (hasta la fecha, desconozco la existencia de actos políticos de cualquier otra formación que hayan sido objeto de interrupción violenta por parte de simpatizantes de Vox), o la interrupción por parte de feministas radicales de una conferencia sobre transexualidad e identidad sexual en la UPF de nuestro colega de la UAM, el filósofo del derecho Pablo De Lora (a quien de lo último de que podría acusársele es de ser un machista). También fuimos testigos, no mucho tiempo atrás, de cómo Twitter, Facebook e Instagram bloqueaban sus cuentas, nada menos que al entonces todavía presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, por contravenir (a criterio de las propias empresas) la política de uso de sus plataformas, erigiéndose de ese modo en juez y parte para decidir quién y qué puede publicar o no, de acuerdo con sus propias concepciones perfeccionistas y sin intervención judicial ni de ninguna otra autoridad pública. Nuevamente, no se pone en duda que muchas de las opiniones Trump sean histéricas o ridículas, o que muchas de sus “informaciones” sean falsas, ¿pero puede ello justificar la evidente limitación de su libertad de expresión? En el contexto actual de la guerra en Ucrania, la situación es si cabe todavía más grave, en la medida en que han sido las propias autoridades públicas (que son las garantes de nuestros derechos y libertades) quienes han impuesto estas limitaciones a la libertad de prensa.

A lo largo de la historia, todos los regímenes autoritarios han tenido especial interés en controlar y limitar las informaciones y opiniones a las que la población podía tener acceso, como mecanismo eficaz para controlar la mentalidad de la población. Por ello, una de las claves del pensamiento político liberal, que se caracteriza por la defensa de la autonomía y libertad individuales y por el rechazo a las formas de gobierno autoritarias y autocráticas, es la firme defensa de las libertades de expresión y de prensa, como garantía de la libertad de pensamiento. Por ello, cualquier limitación a tales libertades, desde una perspectiva liberal occidental, debería estar sólidamente justificada y ser absolutamente excepcional, ya que estas libertades trazan una clara línea divisoria entre las sociedades libres y las que no lo son. Podría argumentarse que la actual situación es excepcional y por ello las medidas están justificadas. Pero para ello, es necesario precisamente entrar en el terreno de las razones y argumentos de fondo acerca de esta cuestión.

A fin de determinar si estas limitaciones están o no justificadas, resulta siempre clarificador acudir a los autores clásicos. En este sentido, son especialmente iluminadoras las aportaciones de uno de los más brillantes pensadores en materia ética, política y económica de la historia del pensamiento occidental, el filósofo británico John Stuart Mill (1806-1873). En uno de sus más importantes y conocidos ensayos, On Liberty (1859), sienta uno de los principios fundamentales que deben regir la actuación de las autoridades en una sociedad libre: el llamado principio del daño. Conforme a dicho principio, la única razón que puede justificar el uso de la coacción propia de los Estados, es decir, la ejercida a través de las leyes y el Derecho, es la de impedir un daño efectivo a un tercero. Es decir, solo puede limitarse la libertad en la medida en que dicha limitación resulte imprescindible para evitar que otro individuo sufra un daño sin su consentimiento. Ninguna pretensión de “mejorarlo moralmente”, de “evitarle malas influencias” o de “guiarlo por el buen camino” puede justificar la limitación de su libertad. Además, debe tratarse de un daño efectivo, y no simplemente de lo que pueda incomodar, molestar, incordiar o enojar a otras personas. Por ello, las limitaciones a la libertad de expresión solamente resultan admisibles en casos extremos, en los que efectivamente se puede producir un daño efectivo a terceros, como en los casos de injurias y calumnias, en los que se ataca directamente al honor y la dignidad de los afectados, los de amenazas, en los que se pone en riesgo la integridad u otros bienes de un tercero, o los de incitación directa a la violencia contra otras personas, por idénticas razones. En los demás casos, por más que las expresiones puedan resultar fastidiosas o irritantes, no está justificado limitar la libertad de expresión y de prensa, por más que se trate de falsedades o de proclamas políticas, morales, religiosas, etc. que nos resulten detestables (por ello considero por ejemplo que carecen de justificación los delitos de “ofensa a los sentimientos religiosos” de los arts. 524 y 525 CP, en la medida en que el objeto de la burla son las creencias y dogmas en sí mismos y no las personas que los profesan).

Pero además de razones de principio, Mill aporta también otros argumentos de tipo consecuencialista para defender el espectro más amplio posible de las libertades de expresión, de prensa y de pensamiento. Como bien apunta el filósofo inglés, limitar la libertad de expresión supone un impedimento a la posibilidad de entrada de nuevos y mejores argumentos, que muestren que las creencias mayoritarias o más firmemente establecidas hasta la fecha en realidad no son correctas, o que deben ser sustituidas por otras más sólidas y mejor fundamentadas. Pero incluso aunque se trate de creencias u opiniones manifiestamente falsas o inadecuadas (como podrían ser por ejemplo el creacionismo o el terraplanismo), tampoco conviene restringirlas o prohibirlas, puesto que es precisamente cuando una información u opinión correcta se enfrenta a los más sólidos y numerosos argumentos en contra cuando de manera más clara destaca y se justifica dicha corrección. Si una información u opinión se acepta por el mero hecho de no existir o no permitirse ninguna alternativa que la cuestione, siempre existirá la duda de si es realmente la correcta o la mejor fundamentada, y/o no se comprenderán adecuadamente las razones que hacen que se trate de una posición correcta.

En este punto, me viene a la mente el caso de la librería Europa de Barcelona, a finales de la década de los 90 del pasado siglo. Esta librería estaba especializada en obras de propaganda neonazi, incluyendo la propia obra principal del propio Adolf Hitler, Mein Kampf, con toda su rabia racista, xenófoba y antisemita. El propietario fue procesado y en varias ocasiones parte del fondo bibliográfico fue requisado. En aquel momento estaba realizando mis cursos de Doctorado en la UPF, y uno de mis profesores, el insigne jurista Pablo Salvador Coderch, criticando la decisión judicial, comentó atinadamente que el remedio contra el nazismo no era eliminar los ejemplares de Mein Kampf (cosa que, por otro lado, no resulta demasiado eficaz al poderse encontrar fácilmente en internet), sino un curso básico de biología que muestre que las razas humanas no existen.

Volviendo al tema de actualidad que nos ocupa y para finalizar, el bloqueo al acceso a determinados medios de comunicación supone, para los rusos, no tener a su disposición otras informaciones y puntos de vista alternativos, potencialmente más adecuados, veraces y mejor fundados que los medios oficiales, mientras que a nosotros nos priva de una mejor comprensión y perspectiva acerca de cómo se ven las cosas desde la óptica oficial rusa. Nadie sale ganando, y lo que es peor, acerca a occidente a la manera de pensar y actuar de los regímenes autoritarios. Si, además, lo anterior se combina con un fuerte resurgimiento de la dialéctica belicista (se insiste en el incremento del presupuesto de defensa y en la necesidad de rearmarse), el provenir se vuelve más sombrío.

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Autor / Autora
Profesor Agregado de Filosofía del Derecho de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC. Doctor en Derecho por la Universitat Pompeu Fabra. Director del programa de Doctorado de Derecho, Política y Economía de la UOC. Líneas de investigación: conflictos normativos, dilemas morales, metodología y argumentación jurídica, inteligencia artificial aplicada a las decisiones jurídicas.
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