Re-open EU: Cómo viajar por Europa en tiempos de COVID-19

28 septiembre, 2020
Plataforma Re-open EU

El 13 de mayo pasado la Comisión Europea presentó una Comunicación que contiene las directrices y recomendaciones para ayudar a los Estados Miembros (EE.MM.) a levantar, progresivamente, y con las medidas de seguridad necesarias, las restricciones a los viajes no esenciales. De este modo, se eliminaron los controles en las fronteras interiores y se restableció gradualmente la libertad de circulación de personas (art. 21 TFUE) en el interior de la UE, uno de los pilares que en los que se ha basado el proceso de integración europea desde sus inicios allá por los años cincuenta del siglo pasado

Ahora bien, como ya se comentó en el post del 20 de abril pasado, los EE.MM. pueden continuar con los controles en sus fronteras interiores durante un tiempo limitado, en caso de que detecten una amenaza grave para el orden público, la seguridad interior o la salud pública. Y, en este supuesto, deben notificar a la Comisión Europea y también al Parlamento Europeo el cierre de sus fronteras. Puesto que la pandemia continua, los EE.MM. han empezado -ahora que termina el periodo estival- a poner de nuevo restricciones. El primer país en hacerlo de manera general ha sido Hungría, que a partir del 1 de septiembre cerró de nuevo sus fronteras a la libre circulación de viajeros. Aunque, por el momento, parece que va a respetar la circulación de personas para los casos de trabajadores, y que estas restricciones no afectarán a la libre circulación de mercancías y la prestación de servicios en general. En caso contrario, -como ya le advirtió la Comisión Europea-, estaría violando el principio de no discriminación (art. 2 TUE), otro de los pilares en los que se ha sustentado la construcción europea y la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales en el mercado interior.

Con sus recomendaciones, la Comisión Europea está intentando, en la medida de lo posible, -puesto que la Unión no tiene competencias en materia sanitaria-, coordinar y liderar desde el pasado mes de mayo una actuación conjunta de los EE.MM. para evitar que determinadas conductas individuales puedan afectar al desarrollo y funcionamiento del mercado interior (art. 3.3. TUE y art. 26 TFUE). En sus propuestas la Comisión ha puesto especial énfasis en la coordinación y en evitar posibles discriminaciones por razón de nacionalidad, así como el respeto a la salud común y cumplimiento de criterios comunes, que se deberían aplicar con base en las directrices del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC).

Las tratamos a continuación:

El restablecimiento de los servicios de transporte en toda la UE

Las directrices representan principios generales para el restablecimiento seguro y gradual del transporte de pasajeros por vía aérea, por ferrocarril, por carretera y por vías navegables. También incluyen recomendaciones prácticas, por ejemplo, sobre limitación de los contactos -tanto entre los viajeros y los trabajadores del transporte como entre los propios viajeros-, y el uso de equipos de protección individual durante los desplazamientos. Para cada modo de transporte se formulan recomendaciones específicas.

La reanudación segura de los servicios turísticos

Para proteger la salud tanto de los clientes como de los trabajadores, la Comisión ha introducido un marco común que recoge criterios para el restablecimiento seguro y gradual de las actividades turísticas y la elaboración de protocolos sanitarios para los hoteles y demás formas de alojamiento. Entre los criterios figuran pruebas epidemiológicas; capacidad suficiente del sistema sanitario para la población local y los turistas; capacidad de realizar pruebas, rastreo de contactos y vigilancia y control robustos.

El uso de tecnologías digitales

En este sentido, los EE. MM., con el apoyo de la Comisión, acordaron un protocolo para garantizar la interoperabilidad transfronteriza de las aplicaciones de rastreo voluntario de contactos, de modo que al viajar por la UE se avise a los ciudadanos de la posibilidad de infección por coronavirus. Para ello es necesario que se siga desarrollando el marco europeo de interoperabilidad para las aplicaciones móviles en apoyo del rastreo de contactos.  Producto de estos esfuerzos, la Comisión también creó un sitio web específico con un mapa que combina información en tiempo real sobre el turismo (vid. infra., Re-open EU)

La protección de los derechos de los viajeros

Según la normativa de la UE, en caso de cancelación del billete de transporte (aéreo, ferroviario, por autobús o autocar o transbordador), los viajeros tienen derecho a elegir entre un bono o el reembolso en efectivo. Además de confirmar este derecho, la Recomendación de la Comisión quiere garantizar que los bonos sean una alternativa viable y más atractiva que el reembolso de los viajes cancelados, puesto que la pandemia está planteando graves problemas financieros a los operadores.

Sobre la base de estas recomendaciones, el 5 de junio pasado los Ministros de Interior de la UE confirmaron que la mayoría de EE.MM. levantarían los controles en sus fronteras internas y las restricciones a los viajes no esenciales antes del 15 de junio, aunque en algunos casos se alargaron hasta finales de mes. Los ministros acordaron continuar coordinándose estrechamente bajo el liderazgo de la Comisión.

Posteriormente, y vista la inicial y aparente mejora sanitaria, el 11 de junio la Comisión recomendó a los EE.MM. que suprimieran las restricciones específicas que habían impuesto a la entrada de viajeros de otros Estados (no miembros de la UE), a partir del 15 de junio.  De este modo, en función de estas recomendaciones, se empezaron a restablecer, muy lentamente, el transporte de pasajeros por vía área, ferrocarril, carretera y por vías navegables. Y antes del 15 de junio, la Comisión emitió nuevas recomendaciones sobre cómo levantar las restricciones con países no miembros de la UE  después del 1 de julio de 2020.

Igualmente, el 25 de junio, la Comisión adoptó una propuesta de Recomendación del Consejo, con el fin de empezar a suprimir las restricciones de viaje para los países seleccionados conjuntamente por los Estados Miembros. Ello se hizo atendiendo a criterios objetivos como la  situación sanitaria, la capacidad de aplicar medidas de contención durante el viaje  y también con base en criterios de reciprocidad. Todo ello basándose en los datos proporcionados por el ECDC y la OMS.  Finalmente, el 30 de junio pasado el Consejo adoptó una Recomendación sobre el levantamiento gradual de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE.  De este modo se estableció el levantamiento de las restricciones de viaje para los países que figuran en la Recomendación. Lista de países que se ha ido revisando por el Consejo y los EE. MM. cada dos semanas.

Ante la evolución de la pandemia, es importante ir informándose día a día sobre los requisitos y restricciones a determinados tipos de viaje.

En aplicación de estos criterios y condiciones de la Recomendación, y de la lista actualizada, el 8 de agosto los EE.MM. empezaron a levantar las restricciones de viaje en las fronteras exteriores primero para los residentes de los terceros países siguientes: Australia, Canadá, Georgia, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, Túnez, Uruguay y China, a reserva de confirmación de reciprocidad. Respecto a los  residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano son considerados residentes de la UE a los efectos de esta Recomendación.

Para todos los demás terceros países que no figuran en esta lista, los EE.MM. y los países asociados al Espacio Schengen se suspenden temporalmente todos los viajes no esenciales desde esos terceros países. Ello significa que solo se podrá autorizar la entrada a determinadas categorías de viajeros.

En todo caso, en función de la evolución de la situación epidemiológica, dentro y fuera de la Unión, con el levantamiento también gradual de las restricciones de viaje en las fronteras exteriores de la UE, se han reanudado también progresivamente las tramitaciones de visados. A este respecto, el 11 de junio de 2020, la Comisión publicó una nueva Comunicación con las orientaciones para la reanudación coordinada y gradual de las tramitaciones de visados.  Ante la evolución de la pandemia, es importante ir informándose día a día sobre los requisitos y restricciones a determinados tipos de viaje. De modo general, los sitios web de las autoridades nacionales competentes (Ministerios de Interior y de Asuntos Exteriores) ofrecen información sobre las restricciones de viaje vigentes. También EUROCONTROL (Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea) publica en su web un resumen diario de las restricciones de vuelo y de pasajeros bajo el título «COVID19 NOTAM Summary».

La plataforma Re-open EU

Entre las medidas adoptadas para  permitir a los ciudadanos volver a viajar tras meses de confinamiento, y como novedad destacada, quizás poco conocida, a partir del 15 de junio la Comisión puso en marcha  una nueva  plataforma web denominada Re-open EU, con el fin de facilitar a los ciudadanos la planificación segura y con confianza de sus viajes y vacaciones de verano, así como los viajes a realizar durante el resto del año.

De este modo, accediendo a la plataforma se obtiene en tiempo real la información actualizada procedente de la Comisión Europea y de los EE.MM. sobre las fronteras, los medios de transporte disponibles, las restricciones de viaje, la salud pública y aquellas medidas de seguridad que deben adoptarse, tales como el distanciamiento físico o el uso de mascarillas, entre otras informaciones prácticas para los viajeros. Al acceder a esta plataforma se puede consultar la información específica sobre cada EE.MM. de la Unión por medio de un mapa interactivo que proporciona la información actualizada, -en las 24 lenguas oficiales de la Unión-, sobre las medidas aplicables, así como asesoramiento de carácter práctico para las personas que visiten el país objeto de destino. Pero no debemos olvidar que las recomendaciones de viaje son competencia nacional. La UE no tiene competencia en esta materia, por lo que los ciudadanos deben comprobar, por si acaso, -vía Ministerio de Asuntos Exteriores-, si las autoridades nacionales han emitido alguna advertencia oficial relacionada con el destino previsto. 

La reflexión final que se infiere de los esfuerzos de la Comisión Europea para coordinar la reapertura de fronteras, aparte de salvaguardar el funcionamiento del Mercado interior, y por tanto, de la economía europea, radica en la necesidad de preservar uno de los derechos fundamentales de todo ciudadano europeo: desplazarse sin restricciones dentro de las fronteras del mercado interior, ya sea por turismo, tránsito hacia otros países de fuera de la UE, por motivos laborales, para cambiar de residencia, recibir asistencia sanitaria, etc. No hay que olvidar que, hasta el inicio de la pandemia, aproximadamente 3,5 millones de personas viajaban a través de las fronteras internas de la Unión todos los días. Estos esfuerzos en mantener las fronteras abiertas dentro del Espacio Schengen reflejan también la preocupación del Parlamento Europeo por las consecuencias económicas que puede tener el cierre de fronteras, puesto que considera que cerrar de nuevo las fronteras internas podría comportar un coste estimado de entre 100.000 y 230.000 millones de euros en 10 años, e impedir el desplazamiento transfronterizo para 1,7 millones de personas. Lo que, lógicamente, supondría poner en grave peligro el proyecto europeo.

(Visited 52 times, 1 visits today)
Autor / Autora
Directora del Programa Grado Gestión y administración pública (interuniversitario: UOC, UB). Doctora por la UOC en el programa de Sociedad de la información y el conocimiento (especialidad derecho internacional público y de la Unión Europea). Líneas de investigación: operaciones de mantenimiento de la paz, Política común de seguridad y defensa, identidad europea, relaciones exteriores de la UE, Derechos humanos.
Comentarios
Deja un comentario