La erradicación del trabajo infantil, un compromiso de todos

12 junio, 2019

El Trabajo Infantil es aún presente en muchos países y requiere del compromiso de todos para avanzar hacía su erradicación.

El trabajo infantil (como apunta PINKER, p. 289) no tiene su origen en las fábricas victorianas, sino que, es un fenómeno que hunde sus raíces en períodos muy anteriores, en los que los niños trabajaban como mozos de labranza y como empleados domésticos. En estos estadios, estas actividades no eran calificadas como un síntoma de explotación, sino que “era una forma de educación moral que protegía a los niños de la holgazanería y la pereza”.

Si la infancia fue objeto de “sacralización” a principios del Siglo XX (siguiendo con PINKER, p. 289), fue posible porque, doscientos años anteriores, fue objeto de una profunda reconceptualización, produciéndose una progresiva consolidación de la “juventud despreocupada” como un derecho natural humano. Este proceso permitió (citando a ZELIZER) que “los niños consiguieron su estatus actual como ‘economómicamente carentes de valor, emocionalmente dotados de un valor incalculable’”.

Según la OIT, el “trabajo infantil” se refiere a “todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico”

La progresiva reducción del tamaño de las familias, un círculo creciente de compasión, la importancia de la educación – evidenciada con la obligatoriedad de la escolaridad – (PINKER, p. 290 y 291) y la necesidad de prevenir la “grave depauperación de la salud de la población” que la explotación acarreaba y su condición de víctimas indefensas (MARTÍN VALVERDE, p. LII) fueron los factores determinantes para limitar o prohibir el trabajo infantil en muchos países a finales del Siglo XIX y principios del XX.

No obstante, el trabajo infantil no ha sido erradicado. Según la OIT (1), el “trabajo infantil” se refiere a “todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico”. Y, en concreto, se alude al trabajo que:

  • “Es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño;
  • Interfiere con su escolarización puesto que:
    • les priva de la posibilidad de asistir a clases;
    • les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o
    • les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo”.

En 1999, se aprobó el Convenio núm. 182, sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil y, a día de hoy, son 184 los países que lo han ratificado. Entre las “peores formas” que han sido prohibidas figuran el trabajo forzoso, la esclavitud, la venta y trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervos, la prostitución, la pornografía, el tráfico de drogas y su reclutamiento en conflictos armados.

El programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) que fue creado en 1992 y que constituye una faceta importante del Programa de Trabajo Decente de la OIT, en 2017, ha puesto de manifiesto (OIT, 2017, p. 5 y 6) que “casi 1 de cada 10 niños de todo el mundo se encuentran sometidos a este flagelo” (esto es, 152 millones) y muy especialmente en la agricultura (y, principalmente, en el marco de su propia unidad familiar).

A la luz de estos datos inaceptables, mediante los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la comunidad internacional se ha comprometido a eliminar todas las forma de trabajo infantil para 2025.

De acuerdo con las proyecciones de la OIT en 2025, 121 millones de niños seguirán atrapados en el trabajo infantil.

La buena noticia es que (OIT, 2017, p. 6) desde el año 2000 hasta el año 2016 el trabajo infantil ha disminuido nuevamente en todo el mundo.

No obstante, se constata que se ha incrementado en algunas regiones (África) y que la reducción se está alcanzando a un ritmo menor que en períodos inmediatamente anteriores y la situación de las niñas es muy preocupante porque es la mitad que la registrada entre los niños.

De hecho, de acuerdo con las proyecciones, la OIT ha alertado (2017, p. 7) que, si se mantiene el actual ritmo de reducción, en 2025, 121 millones de niños seguirán atrapados en el trabajo infantil.

Para acelerar este proceso, la OIT (2017, p. 5) ha destacado que “la información disponible sugiere que las opciones más promisorias en la lucha contra el trabajo infantil son invertir en una ampliación de la educación gratuita de calidad; expandir las redes de seguridad social; mejorar la gobernanza de los mercados de trabajo y el funcionamiento de las empresas familiares; y fortalecer el diálogo social y las protecciones jurídicas”.

El desafío es hercúleo y el apoyo y compromiso de todos (instituciones e individuos) será absolutamente necesario.


Bibliografía citada

– OIT (1), ¿Qué se entiende por trabajo infantil? https://www.ilo.org/ipec/facts/lang–es/index.htm
– OIT (2017), Poner fin al trabajo infantil a más tardar en 2025: Análisis de políticas y programas. http://www.ilo.org/ipecinfo/product/download.do?type=document&id=30516
– PINKER, S. (2018). En defensa de la ilustración, Paidós.
– MARTÍN VALVERDE, A. (1987). La formación del Derecho del Trabajo en España. En La legislación social en la historia de España. De la revolución liberal a 1936. Publicaciones del Congreso de los Diputados.

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Autor / Autora
Doctor en Derecho por ESADE-URL (2008), DEA por la Universidad de Barcelona (2001) y Licenciado y Máster en Derecho por ESADE-URL (1999). Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Decano de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.
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