Nueva regulación del IVA en el comercio electrónico. Revista IDP, nº 20, 2015
06/10/2015
Autores:
Ana María Delgado García. Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universitat Oberta de Catalunya
Rafael Oliver Cuello. Abogado. Asesor Fiscal. Consultor de fiscalidad de la Universitat Oberta de Catalunya.
Vínculo
http://journals.uoc.edu/index.php/idp/article/view/n20-delgado-oliver/n20-delgado-oliver-es
Resumen
La Ley 28/2014, de 27 de noviembre, introduce nuevas reglas de localización de las prestaciones de servicios efectuadas por vía electrónica. A partir del 1 de enero de 2015, de acuerdo con las reglas de localización introducidas en la Directiva 2006/112/CE por laDirectiva 2008/8/CE, de 12 de febrero de 2008, cuando estos servicios se presten a una persona que no tenga la condición de empresario o profesional actuando como tal (particular o consumidor final), pasan a gravarse en el lugar donde el destinatario esté establecido, tenga su domicilio o residencia habitual, independientemente del lugar donde esté establecido el prestador.
Sumario
- Introducción.
- Localización de los servicios prestados por vía electrónica.
- La regulación de los nuevos regímenes especiales.
3.1. Disposiciones comunes a ambos regímenes especiales.
3.2. Régimen exterior a la Unión.
3.3. Régimen de la Unión.
3.4. Obligaciones de información y otras obligaciones formales.
- Conclusiones.
- Bibliografía.